Protege tus embarcaciones náuticas con sistemas de prevención de incendios

PREVENCION INCENDIOS NAUTICA

Protege tus embarcaciones náuticas con sistemas de prevención de incendios

Un incendio en alta mar puede ser catastrófico. Evidentemente, no se puede llamar a los bomberos y, en demasiadas ocasiones, la única vía de escape es lanzarse al mar. Por eso, es muy importante tener un buen sistema de protección contra incendios que permita salvaguardar la vida de los navegantes y, por supuesto, evitar daños mayores en la embarcación.

En Grupo Cano Lopera estamos especializados en la instalación de sistemas contra incendios en barcos de recreo, de pesca y los de uso comercial.  Nosotros te asesoramos para darte la mejor solución para tus necesidades.

  • En barcos de pesca: aconsejamos siempre un sistema de detección de humo o de incremento de temperatura para permitir accionar manualmente los sistemas de extinción en la sala de motores. Así, en el caso de que haya mecánicos trabajando en la sala, tendrán tiempo de evacuar el recinto antes de activar el sistema de extinción.
  • En barcos de recreo de menor eslora: nuestro consejo es un sistema automático de extinción que se active en cuanto haya la primera señal de fuego.

Además, es imprescindible contar con extintores externos portátiles que permitan una actuación rápida ante un fuego a bordo.

El número de extintores necesarios a bordo de la embarcación está prescrito en la normativa (R.D. 543/2007 de 27 de abril). Los extintores deberán estar siempre en lugar visible(normalmente al lado del acceso al recinto que se pretende proteger); siempre al alcance de la mano y revisados, en fecha y forma, por empresas autorizadas y homologadas.

 

 

         Además, por seguridad de todas las personas a bordo, es importantísimo que todos los dispositivos estén perfectamente señalizados y que la tripulación del barco conozca la ubicación de cada extintor y sepa manejarlo en caso de siniestro.

  Los tipos de extintores para buques de menos de 24 metros de eslora,  podrán ser:

  • Anhídrido carbónico, dióxido de carbono o CO2, no inferiores a 3,5 kg.
  • Polvo seco, no inferior a 4,5 kg.
  • De cualquier otro tipo de agente extintor, siendo al menos, equivalente a un extintor portátil de espuma de 9 litros.